| Idoneidad | |||||||||||||||||||
| De acuerdo con Texto Ordenado 2001 - Libro 2 - Capítulo XIV.1 de la Comisión Nacional de Valores, todas | |||||||||||||||||||
| las personas en actividad como asesores para la venta, promoción o asesoramiento sobre Fondos Comunes | |||||||||||||||||||
| de Inversión, deben ser Idoneos en la materia. | |||||||||||||||||||
| Esta condición de Idóneo se alcanza rindiendo el Examen de Idoneidad correspondiente. | |||||||||||||||||||
| La Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión ha tomado a su cargo tanto la toma de exámenes | |||||||||||||||||||
| como el mantenimiento del Registro correspondiente. | |||||||||||||||||||
| Toda persona que desee rendir el examen aludido (se halle o no relacionado a una Entidad Distribuidora) | |||||||||||||||||||
| puede hacerlo consultando el Manual de Capacitación, el Glosario correspondiente (Copyright CAFCI) y | |||||||||||||||||||
| además, consultar las Fechas de Examen en distintos puntos del país e incluso tomar contacto con la | |||||||||||||||||||
| Cámara para la inscripción correspondiente. | |||||||||||||||||||